La Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía ha celebrado la Sentencia 1321/2025 del Tribunal Supremo, la cual desestima el recurso de la Región de Murcia contra el Real Decreto 35/2023 y confirma el régimen de caudales ecológicos del Plan Hidrológico del Tajo.
Según el presidente de los Municipios Ribereños, Borja Castro, «El PP y Vox deberían dejar de utilizar las instituciones y acatar las sentencias del Tribunal Supremo que obligan a instaurar caudales ecológicos en el río Tajo. El gobierno de España tiene ahora otra razón para cumplir inmediatamente con los caudales ecológicos».
La sentencia, en línea con la doctrina reciente del Alto Tribunal, destaca que el caudal ecológico no es un uso del agua, sino una condición que vincula al sistema de explotación, con la prioridad del abastecimiento a poblaciones. El plan del Tajo establece un escalonamiento en tres pasos, siendo el valor plenamente ecológico el del tercer escalón en 2027.
Para los Ribereños, el fallo aporta tres certezas: seguridad jurídica, un calendario claro para culminar la implantación de caudales en el eje del Tajo y una coherencia normativa que obliga a ajustar el régimen del trasvase a los planes vigentes, tal como lo había señalado el Consejo de Estado.
Castro subraya que «proteger el Tajo es compatible con una gestión responsable del agua en todo el país. Lo que no es compatible es forzar las instituciones contra el interés general o demorar lo que ya es ley y jurisprudencia».
La Asociación reitera su compromiso con una transición ordenada y una visión de patrimonio común, enfocándose en la prioridad ambiental, la planificación responsable y el respeto a las sentencias. Este enfoque seguirá siendo defendido en los próximos foros y comisiones técnicas.
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