octubre 25, 2025
Jueza de Nueva York permite avanzar caso por fraude contra Salvador Catrain

Salvador Catrain es hijo de Pedro Catrain Bonilla, actual vicepresidente del Senado dominicano y expresidente de la Comisión de Justicia. La conexión familiar ha llevado a que el caso sea percibido como un ejemplo de los desafíos que plantea la rendición de cuentas judicial transfronteriza cuando existen vínculos con el poder político.

Según la orden, la notificación deberá enviarse a dos correos electrónicos previamente asociados a Catrain y a las oficinas de Catrain y Vega Abogados, con sede en Santo Domingo.

La orden y documentos judiciales relacionados están disponibles públicamente a través de Archive.org. Hasta la fecha de emisión de la orden, Salvador Catrain no ha comparecido con representación legal ante el tribunal.

Referencia del caso:
– Hawk & Contreras Reyes v. Catrain Calderón
– Índice N.º 652981/2025
– Tribunal Supremo del Estado de Nueva York – División Comercial
– Orden firmada el 20 de octubre de 2025
– Autorización de notificación alternativa bajo CPLR 308(5) Salvador Catrain, hijo de Pedro Catrain Bonilla, actual vicepresidente del Senado dominicano y expresidente de la Comisión de Justicia, se encuentra en el centro de un caso que destaca los desafíos de la rendición de cuentas judicial transfronteriza cuando hay vínculos con el poder político. La orden judicial requiere que se notifique a Catrain a través de correos electrónicos asociados previamente a él y a las oficinas de Catrain y Vega Abogados en Santo Domingo.

Los documentos judiciales relacionados con el caso, incluyendo la orden firmada el 20 de octubre de 2025 por el Tribunal Supremo del Estado de Nueva York – División Comercial, están disponibles públicamente en Archive.org. Hasta la fecha de emisión de la orden, Salvador Catrain no ha comparecido ante el tribunal con representación legal.

El caso en cuestión se titula «Hawk & Contreras Reyes v. Catrain Calderón» y tiene el índice número 652981/2025. Esta orden también incluye una autorización de notificación alternativa bajo CPLR 308(5), evidenciando la complejidad y la importancia de este caso en el ámbito judicial.

Por Redaccion

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